Caso de las competencias del Ministerio Público en materia de actos de administración interna Expediente 00004-2023-CC/TC
TC VINCULANTE
Caso de las competencias del Ministerio Público en materia de actos de administración interna Expediente 00004-2023-CC/TCLos conflictos competenciales pueden ser alternativamente típicos ―positivos o negativos― o atípicos ―por menoscabo de atribuciones constitucionales o por omisión de cumplimiento de un acto obligatorio― El conflicto positivo se presenta cuando dos o más entidades estatales se consideran competentes para ejercer una misma competencia o atribución. Por el contrario, el conflicto negativo se produce cuando dos o más entidades estatales se niegan a asumir una competencia o atribución, por entender que ha sido asignada a otra entidad estatal, o cuando mediante la omisión de un determinado acto estatal obligatorio se afecta el ejercicio de las atribuciones o competencias de otra. Por su parte, este Tribunal ha desarrollado en su jurisprudencia (cfr. Sentencia N°00005-2005-CC/TC y Sentencia 00001-2010-CC/TC) el denominado conflicto competencial por menoscabo de atribuciones constitucionales, el cual ha clasificado en: (i) Conflicto constitucional por menoscabo en sentido estricto, que se produce cuando, sin existir un conflicto en relación con la titularidad de una competencia o atribución, un órgano constitucional ejerce su competencia de un modo tal que afecta el adecuado ejercicio de las competencias reservadas a otro órgano constitucional; y, (ii) Conflicto constitucional por menoscabo de interferencia, que se produce cuando los órganos constitucionales tienen entrelazadas sus competencias en un nivel tal que uno o ninguno de ellos puede ejercer debidamente sus competencias sin la cooperación del otro. Los conflictos por menoscabo de atribuciones se presentan cuando una entidad estatal, al ejercer indebidamente sus competencias, entorpece la labor de otra sin haber invadido, en rigor, la esfera de sus competencias. En este supuesto, no se discute la titularidad de una competencia determinada, sino la forma en la que esta se ejerce material o sustancialmente.